El periodo de prueba es el tiempo que tiene el trabajador y la empresa para poner a prueba la relación laboral.
¿Qué es el periodo de Prueba?
Es un periodo establecido por escrito en el contrato de trabajo que sirve para que la empresa conozca al trabajador y el trabajador conozca a la empresa.
Requisitos del periodo de prueba
Para establecer un periodo de prueba en una nueva relación laboral tiene que cumplir dos requisitos que son los siguientes:
- El periodo de prueba tiene que estar por escrito en el contrato de trabajo. No puede ser verbal.
- El trabajador anteriormente no ha podido prestar servicio para la empresa o grupo de empresas en la misma categoría y mismas funciones. Con independencia del tipo de contrato de trabajo.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
La duración del periodo de prueba se establece en el convenio colectivo de aplicación. En las empresas que el convenio colectivo no recoja nada o no exista convenio colectivo el artículo 14 del Estatuto de los trabajadores establece los siguientes plazos para el periodo de prueba:
- Un máximo de 6 meses para los técnicos titulados
- Un máximo de 2 meses para los demás trabajadores. A excepción de las empresas de menos de veinticinco trabajadores el periodo de prueba se podrá incrementar hasta tres meses.
- Los contratos temporales inferiores a 6 meses no podrán tener un periodo de prueba superior a 1 mes.
¿Cuándo se interrumpe el periodo de prueba?
El periodo de prueba se interrumpe en los supuestos de incapacidad temporal, riesgo durante embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad.
Ejemplo: Trabajador que tiene un mes de periodo de prueba, se incorpora a la empresa el día 1 de junio, y tiene una baja médica de 7 días.
La fecha final del periodo de prueba es el día 7 de Julio en lugar del 30 de Junio.
¿Cómo se comunica un periodo de prueba no superado?
La comunicación de la no superación del periodo de prueba se tiene que comunicar por escrito ya sea la empresa que lo comunica al trabajador o el trabajador que lo comunica a la empresa.
En cualquier caso, ese periodo de tiempo trabajado proporciona al trabajador todos los derechos derivados frente a la seguridad social, como los días cotizados, que deben quedar reflejados en el informe de vida laboral.
¿El trabajador tiene derecho a paro?
Para tener derecho a paro tienes que estar en situación legal de desempleo. Hay que dejar muy claro que si es el trabajador comunica a la empresa su deseo de ser baja durante el periodo de prueba, no tiene derecho a paro ya que se considera como una baja voluntaria y no hay derecho a desempleo.
Si es la empresa que comunica al trabajador que finaliza el contrato de trabajo por no superar el periodo de prueba sí tiene derecho a paro siempre que se encuentre en situación legal de desempleo.
Ojo, el trabajador se puede encontrar que no supera el periodo de prueba en una empresa a instancia de la empresa y no tenga derecho a paro.
Un motivo es que el trabajador haya presentado una baja voluntaria en los tres meses anteriores en otra empresa, de ser así el trabajador no se encuentra en situación legal de desempleo y no tiene derecho a paro.
¿El trabajador o la empresa tienen que dar 15 días para finalizar un contrato durante el periodo de prueba?
No, ni la empresa ni el trabajador tienen que dar 15 días para comunicar el periodo de prueba no superado.
Así, que ambas partes, durante el tiempo de periodo de prueba pueden rescindir el contrato de trabajo sin comunicación previa.
¿Tengo derecho a indemnización?
Al finalizar un contrato por la causa de no superar el periodo de prueba no hay indemnización. El finiquito sólo tendrá que llevar los salarios pendientes de cobrar: días de trabajo, vacaciones y pagas extras.
¿Qué pasa si estoy embarazada y la empresa me comunica el periodo de prueba no superado?
Si la empresa te comunica el fin de la relación laboral a causa del periodo de prueba estando embarazada y la empresa lo conoce, se puede considerar un despido nulo siempre que quede probado que la empresa vulnera derechos fundamentales de la Constitución Española.
También te tengo que decir que si la empresa puede demostrar que no conocía el estado de embarazo y que su decisión es causa justa por realmente no superar el periodo de prueba no se podría considerar un despido nulo, así lo establece una Sentencia 173/2013, de 10 de octubre.