Nos remiten algunas consultas referentes al tema de los transportistas en lo relativo a capacitación y tranporte terrestre de mercancías, incluyendo muchas relacionadas con el BREXIT:
1. Quiero contratar un trabajador extranjero, ¿Qué trámites debo llevar a cabo?
Los trabajadores extranjeros (ajenos a la UE) debe tener una permiso de obra vigente que les permita trabajar, sin embargo, los de reagrupación están prohibidos pero, en la práctica, si pueden.
Durante la duración del contrato debe controlarse los permisos existentes.
Si también son conductores de vehículos, debe exigirse el permiso de la UE, porque la multa en caso de no tener dicho permiso es de miles de euros.
Los ciudadanos de la UE (excepto Rumania), pueden trabajar sin problemas.
2. En qué me puedo ariesgar con trabajadores no contratados en la seguridad social y no se les permiten tener un trabajo.
Recientemente está aprobada la legislación que impone serias sanciones para las empresas que contratan extranjeros sin obtener el permiso previo trabajo, ya que se está experimentando un incremento de trabajadores extranjeros, con una multa que parte de 6.000 a 60.000 euros (art. 54 y 55 L 4/00).
El delito por falta de renovación del permiso de trabajo también puede suponer una multa de 3.000€ (artículos 37 y 40).
3. Quisiera comprar un vehículo para el transporte de mercancías en el servicio público, ¿qué requisitos debo cumplir?
Primero explicar que los otros bienes que se transportan en el servicio público, en realidad, son de otros:
- Si hablamos del servicio civil de tipo pesado (diferencia entre el PMA y TARA superior a 3.500 kg) se requiere permiso de capacitación nacional, 3 vehículos, con al menos una carga útil de 60 toneladas de capacidad, con no más de 5 meses de antiguedad, tendrá capacidad económica de 9000 euros para el primero, y 5000€ por cada suplemento.
- Si hacemos servicio público de tipo ligero (diferencia entre el PMA y menos de 3500 kg de Tara) para tranportes fuera de la comunidad Catalana, el primer vehículo de transporte debe tener menos de 5 meses, e las consiguientes ampliaciones de flota de vehículos, (sin exceder de 6 años en promedio).
Necesidad de distinguir los diferentes tipos de vehículos ligeros:
- La MMA se encuentra entre 2.000 y 3.500 Kg: 25/07/2013, y no requieren capacitación profesional,ni económica y buena reputación (honorabilidad).
- Incluyendo por encima de 3.500 Kg de MMA: Requiriendo aún la capacitación profesional, económica y honorabilidad.
4. ¿Qué es el transporte de carga propia?
Este servicio de transporte de mercancías se lleva a cabo con vehículos propios. Sólo necesita los mapas de los vehículos de transporte de la MMA superior a 3500 kg.
Hay dos casos: cuando se procesa la primera tarjeta para el primer vehículo (debe ser nuevo o menos de 5 meses), o al extender su flota, es decir, cuándo solicitar una segunda o subsiguientes tarjetas para vehículos, porque teniendo una tarjeta en propiedad (si la flota no excede de 6 años de antigüedad de promedio), no se necesita las calificaciones de capacitación.
5. La edad de los vehículos para la obtención de tarjetas de transporte.
Desde su primer registro en el momento de la solicitud. por lo tanto se deben controlar los vehículos rematriculados.
6. ¿Cuál es la diferencia entre tarjeta-autorización de transporte y título de capacitación?
En primer lugar, es obligatorio para los vehículos que prestan servicio público (que supera los 2000 kg de MMA) de los que prestan un servicio a particulares (que exceda de 3500 kg de MMA).
La capacitación es uno de los requisitos para servicio público de mercancías pesadas y para vehículos ligeros de más de 3.500 kg de PMA. Hay 2 cursos para el servicio público; Nacionales y regionales.
7. Cosas que deberías hacer antes de comprar un vehículo usado.
Revise en la dirección general de tráfico si tiene sanciones, dominio, etc…. cumplimente en el caso los datos de la transferencia y pague unos 6 euros, puede evitarse muchos problemas.
8. ¿Qué es más interesante, ser autónomo o sociedad?
Todo tiene ventajas y desventajas. Los trabajadores autónomos tienen menos obligaciones formales, pero con responsabilidad ilimitada (se responde con el patrimonio personal y el de la empresa)
Preguntas y respuestas frecuentes sobre el Brexit
El Brexit ha alterado la relación y normativa de transporte y permisos de conducción entre los países de la UE y Gran Bretaña, lo que provoca muchas dudas y consultas al respecto:
- ¿Qué necesito como transportista para llevar mercancías al Reino Unido?: Siguen siendo válidas en toda la UE (incluyendo Reino Unido) las licencias de transporte internacional de mercancías.
- Tengo licencia comunitaria y voy a hacer unos portes a Londres y un posterior cabotaje a Birmingham…: Para transporte internacional con UK y el cabotaje posterior, sigue valiendo la licencia comunitaria, pero esta última operación está limitada en número a 2 operaciones/semanales.
- ¿Alguna diferencia en el transporte entre Irlanda y la Unión Europea?: Sin problemas, los transportistas de la UE pueden atravesar el puente terrestre desde Gran Bretaña a Irlanda.
- ¿Cómo afecta el brexit a los autobuses de pasajeros?: Hay acuerdo entre el Reino Unido y la Unión Europea que permite los servicios internacionales de transporte de pasajeros en autobús (Protocolo del Acuerdo Interbus entre la UE y 7 paises no pertenecientres a la Unión, incluyendo los habituales que conectan Irlanda del Norte e Irlanda).
- ¿Tengo que usar tacógrafo?: Siguen vigentes las normas de descanso, permisos y cualificaciones, horario laboral y uso del tacógrafo, así como los requerimientos técnicos de los vehículos.