Si has recibido la notificación de tu empresa o jefe de despido, tienes que saber que no debes conformarte con lo que te ofrecen, sino que tienes que ver si realmente lo que te ofrecen está dentro de la ley o tienes que tomar medidas legales para conseguir defender tus derechos como trabajador.
A continuación pasamos a mostraros un listado con los diferentes tipos de despidos laborales, para que puedas ver cual se adapta a tu situación y puedas valorar si el despido de tu empresa es legal o no.
Si ves que el despido no se adapta a la legalidad, siempre puedes solicitar que un juez revise tu caso y dicte sentencia.
Despido procedente o disciplinario
Este tipo de despido se realiza sobre los trabajadores que no cumplen de manera correcta sus funciones como trabajador.
Por ejemplo se realiza este tipo de despido a los trabajadores que faltan el respeto al resto de trabajadores, que incumplen el horario laboral o directamente no acuden a sus puestos de trabajo.
Estos son algunos ejemplo de los motivos que pueden llevar a un jefe a despedir a un trabajador bajo la modalidad de despido disciplinario, pero los motivos pueden ser diferentes según los convenios de cada oficio. Ver toda la información sobre el despido procedente o despido disciplinario.
Despido nulo
Este tipo de despido se produce cuando se realiza un despido y no se realiza de manera legal. Para poder llegar a esta situación, el trabajador tendrá que denunciar su despido y el juez tendrá que declarar el despido como nulo.
Para conseguir esto, el trabajador tendrá que demostrar que el despido se ha realizado sin respetar sus derechos como trabajador.
En este caso, la empresa tendrá la obligación de contratar al trabajador bajo las mismas condiciones, a la vez que tendrá que abonar al trabajador el tiempo que ha estado sin trabajar. Y es que a efectos legales, es como si el despido no se hubiese producido. Ver toda la información sobre el despido nulo.
Despido improcedente
Este tipo de despido suele ser también bastante común, debido a que una empresa puede despedir a un trabajador sin ningún tipo de motivo. En este tipo de casos, la empresa tendrá que indemnizar al trabajador con el máximo número de días por ley.
En este caso puede que la empresa admita su intento de despedir al trabajador bajo la modalidad de despido improcedente.
Pero si no lo admite, siempre tienes la opción de denunciar tu caso e intentar que un juez vea tu despido como un despido improcedente.
En estos casos el trabajador tendrá derecho a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Eso sí, si el trabajador ha trabajado tiempo antes del 12 de febrero de 2012, en este caso tendrá derecho a 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. Ver toda la información sobre el despido improcedente.
Despido objetivo
Este tipo de despido se realiza en los momentos de debilidad económica de una empresa. Por este motivo, si una empresa presenta pérdidas en sus resultados, puede usar este medio para conseguir despedir a parte de sus trabajadores e indemnizarles con menos dinero.
Si miramos la ley, en este caso se permite despedir al trabajador a cambio de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Esto abarata mucho el despido, de aquí que muchas empresas aprovechen estos momentos para despedir a parte de su plantilla y conseguir ahorrar dinero en los despidos.
A su vez, como en otros casos, si el trabajador no está de acuerdo con el despido, siempre se puede denunciar y llevar el despido a los tribunales. En este caso el juez tendrá que dictar si el despido es procedente, improcedente o nulo. Ver toda la información sobre el despido objetivo.
Despido colectivo o ERE
Este tipo de despido también es conocido bajo la modalidad de ERE. El mismo se produce cuando una empresa quiere despedir a un buen porcentaje de trabajadores a la vez.
Para que este tipo de despido sea colectivo, se tendrá que despedir al menos a 10 trabajadores si la empresa cuenta en su plantilla con menos de 10 trabajadores.
En el caso de que la empresa tenga hasta 300 trabajadores, tendrá que despedir como mínimo al 10% de la plantilla.
Mientras que si la empresa cuenta con más de 300 trabajadores, tendrá que despedir como mínimo a 30 trabajadores.
Este tipo de despido también es muy usado entre las empresas, ya que así consiguen abaratar el coste de los despidos. De esta manera solo tendrá que indemnizar a los trabajadores con 20 días por cada año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Ver toda la información sobre el despido colectivo o ERE.
¿Puedo impugnar un despido?
Si has recibido la carta de despido junto a un finiquito, tienes que saber que estás en tu derecho a impugnar el despido si no estás de acuerdo. Para realizar esta operación, tendrás un máximo de 20 días hábiles.
Si en este tiempo no tomas las medidas legales oportunas, el despido será tomado como aprobado por el trabajador y ya no podrás tomar medidas frente al mismo.
Si has impugnado el despido, debes saber que será el juez el que dicte si el despido es procedente, improcedente o nulo.
¿Si me despiden tengo derecho a paro?
Tras un despido el trabajador siempre tiene derecho a paro. En este caso, tendrá que solicitar la prestación que le corresponda cobrar según el tiempo que tenga cotizado. De esta manera podrá cobrar la prestación contributiva o un subsidio por desempleo. Para conocer todos la información sobre el paro, te invitamos a leer nuestro apartado de prestaciones por desempleo.
¿Qué pasa si la empresa no me puede pagar la indemnización?
En el caso de que la empresa tenga muchos problemas económicos y no pueda hacer frente a tu indemnización, tienes que saber que hay un fondo social que se hará cargo de parte de la indemnización que te corresponde.
Para ello tendrás que acudir al fondo de garantía social (Fogasa) en cuyo caso no pagará el 100% de lo que correspondería al trabajador.
Sino que solo pagará un máximo del doble de salario mínimo interprofesional.
Finalmente, te queremos recordar que siempre deberás estudiar a fondo tu despido, para ver si el despido está dentro de la legalidad o tienes que impugnarlo para hacer valer tus derechos.
Además, tienes que recordar que el despido puede ser abonado a través de transferencia bancaria o a través de cheque. En este último caso, si el cheque no tiene fondos, el despido no será válido.